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FICHA N° 6 Relación Jurídica


FICHA N° 6 RELACIÓN JURÍDICA
La relación jurídica es un vínculo entre sujetos de derecho, uno de los cuales se llama sujeto activo frente a otro llamado sujeto pasivo.-
Se la denomina jurídica a dicha relación puesto que además de ser una relación social, cultural entre dos o más personas, al derecho le interesa regularla porque la considera importante.-
SUJETO  ------------- SUJETO            =           RELACIÓN
ACTIVO                       PASIVO         =              JURÍDICA
Elementos para determinar una relación jurídica:
a)      SUJETOS DE DERECHO que pueden ser Activos o Pasivos: Son activos quienes tiene el DERECHO SUBJETIVO, la facultad, titular de un derecho de exigir del otro el cumplimiento de un deber jurídico.- Ej. en un contrato de préstamos de dinero, el sujeto activo es quien entrega la suma de dinero a otro, teniendo la facultad de exigir la devolución en determinado plazo y con cierto interés.-
El sujeto pasivo son quienes tienen el deber jurídico, en el anterior ejemplo los deudores de la prestación, del dinero y sus intereses.-
Ambos sujetos (activo y pasivo) son personas (física o jurídica), humana e individual la primera y ficticia y colectiva la segunda.-
Al lugar que ocupa cada uno de los sujetos (activo o pasivo) en la relación jurídica la denominamos situación jurídica.-  
Situación Jurídica puede ser pasiva, activa, abstracta (regulación de matrimonio CCU), concreta (aplica solo a quienes se encuentran casados).-
b)     OBJETO de la relación jurídica es el interés implicado en la relación.- Este interés puede ser los bienes, los actos de las personas, los servicios.- Se trata del conjunto de derechos subjetivos y deberes jurídicos recíprocos de los sujetos de derecho.- Ej. Compraventa, el objeto de la relación jurídica será el conjunto de derechos y deberes del comprador y el vendedor, también denominada prestación, que puede ser: a) dar o entregar una cosa, b) hacer, consiste en la realización de una determinada actividad y c) no hacer, consiste en la abstención de realizar una determinada actividad, ej. no plantar árboles cerca de paredes medianeras.-
Ej: Relación jurídica la obligación es de dar, la entrega de un objeto de derecho, un bien (valor de cambio, económico y poder ser apropiado por el hombre, derecho de propiedad).-
c)      CAUSA son los hechos o actos jurídicos, los acontecimientos que producen efectos jurídicos en cuanto son generadores de derecho y obligaciones para las partes.-
En el Derecho de obligaciones la causa constituye la finalidad directa e inmediata que se persigue con la celebración de un contrato. Tradicionalmente, se ha distinguido la causa o motivo personal que induce a una persona a comprometerse, pues es un móvil puramente subjetivo, de la causa propia del negocio, que es objetiva y es la misma para cada categoría de actos; ej.: contrato de compraventa la causa para una de las parte es la contraprestación de la otra. La causa debe reunir siempre los requisitos de licitud, existencia y verdad.


Cabral, Carlos y otros; “Con todo derecho”, Edit. Contexto.- 

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